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La Corte de Justicia de Catamarca aprobó, mediante la Acordada N.º 4849, una reestructuración integral del procedimiento para documentar las autorizaciones de traslado de niñas, niños y adolescentes (NNyA) fuera del territorio provincial pero dentro de la República Argentina.

La normativa comenzará a regir formalmente a partir del 1 de octubre, estableciendo un criterio unificado y seguro que será aplicado con la misma exigencia en los 21 Juzgados de Paz distribuidos en el territorio provincial y en la Asesoría de Menores.

El nuevo protocolo contempla la implementación obligatoria de un modelo de Acta de Comparendo, la cual requerirá la presencia física de quienes ejerzan la responsabilidad parental (padres o tutores legales) y de la persona mayor de edad que haya sido autorizada a acompañar al menor en el viaje.

Además, la Acordada estipula la creación de un Libro Único de Registro en cada dependencia judicial para asentar cronológicamente cada expediente y conservar respaldo documental de los permisos concedidos.

Aclaración importante: El trámite aplica única y exclusivamente para traslados dentro de la Argentina. Las autorizaciones para cruzar fronteras o salir del país continúan bajo los requisitos de la Dirección Nacional de Migraciones y la legislación nacional vigente.

Requisitos para tramitar la autorización desde el 1 de octubre

Para gestionar el Acta de Comparendo ante los Juzgados de Paz o la Asesoría de Menores, los interesados deberán presentar:

  • DNI original de los padres/responsables parentales.
  • DNI original del acompañante designado.
  • DNI original de la niña, niño o adolescente.
  • Partida de nacimiento o instrumento legal que certifique el vínculo (tutela, guarda o representación).
  • Detalle del viaje: Motivo del traslado, fechas exactas, lugar de alojamiento y datos de contacto de los responsables.
  • Información del transporte: Medio, empresa y pasajes o datos del vehículo.
Autor: admin